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Aguinaldo Junio 2022

SUELDO ANUAL COMPLEMENTARIO (S.A.C.)

ART. 122 – LEY 20.744

SERÁ ABONADO EN DOS CUOTAS

LA 1ª CON VENCIMIENTO EL 30 DE JUNIO

LA 2ª CON VENCIMIENTO EL 18 DE DICIEMBRE

El importe a abonar en cada semestre será liquidado sobre el cálculo del cincuenta por ciento (50 %) de la mayor remuneración mensual devengada por todo concepto dentro de cada semestre.